La copropiedad de una vivienda consiste en la propiedad compartida de un inmueble por parte de dos o más propietarios. En términos jurídicos, cada copropietario posee una parte proporcional del bien —una participación indivisa—y goza de todos los derechos propios de la propiedad inmobiliaria: el derecho a utilizar el bien, a percibir los ingresos que genere, a transmitir su parte, a beneficiarse de su revalorización y a participar en las decisiones relativas al bien.
En España, la copropiedad se regula principalmente en los artículos 392 a 406 del Código Civil. Estos artículos establecen los derechos y obligaciones de los copropietarios, las normas para la gestión de los bienes comunes y los motivos para la extinción de la copropiedad.
En la práctica, existen dos tipos principales de copropiedad:
Copropiedad ordinaria (proindiviso)
La forma clásica, que suele derivarse de una sucesión: varios herederos reciben conjuntamente un bien. Cada uno tiene su parte proporcional, pero el bien no se divide físicamente. El problema del régimen de copropiedad es que cualquier copropietario puede exigir la división del bien común en cualquier momento (art. 400 del Código Civil), lo que puede dar lugar a una venta o a una división judicial.
Copropiedad gestionada (modelo moderno)
El modelo que representa Vivla, en el que la copropiedad se estructura a través de una Sociedad Limitada (SL). La SL es la propietaria del inmueble, y los copropietarios son socios de la SL con participaciones proporcionales. Esta estructura ofrece seguridad jurídica, elimina el riesgo de una acción de partición de la copropiedad, facilita la transmisión de participaciones y permite una gestión profesional del patrimonio.
La copropiedad gestionada también se conoce a nivel internacional como «co-ownership», «fractional ownership» o «propiedad fraccionada», aunque estos términos no tienen una traducción directa en la legislación española.

